P24 Ararteko - avpe
Algunas personas aspirantes habían cuestionado los cambios en la puntuación de las pruebas
El Ararteko archiva las quejas suscitadas en el proceso selectivo de la Ertzaintza por considerar que no han existido irregularidades en las actuaciones del tribunal de las pruebas de la XXIV Promoción
El Ararteko ha procedido a cerrar y archivar las quejas suscitadas en el desarrollo del procedimiento selectivo para el ingreso en la categoría de Agente de la escala básica de la Ertzaintza al considerar que no han existido irregularidades en las actuaciones del Tribunal Calificador de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
Algunas personas participantes en el proceso selectivo de la XXIV Promoción de la Ertzaintza habían cuestionado que el Tribunal de las pruebas selectivas variará los umbrales de puntuación mínima necesarios para superar las cuatro ejercicios de los que constaba la segunda prueba, en base a la propia base 6.8 de la convocatoria. En dicha base, se daba la oportunidad de que el tribunal establezciera el umbral de superación que considerase oportuno en cada prueba y en los ejercicios que la componían, con el objetivo de salvaguardar el "buen orden del sistema selectivo" teniendo en cuenta, el nível mínimo exigible y el nivel de conocimientos demostrado por los aspirantes.
Tal y como se recogió en algunos medios de comunicación, los recurrentes consideraban "injusto" el cambio de puntuación por entender que el artículo 6.8 de la convocatoria no facultaba el cambio de puntuación de algunos ejercicios sino que se debía cambiar la puntuación del conjunto de la prueba.
Tras el análisis de la documentación aportada por el Departamento de Seguridad, el Arateko concluye que la decisión cuestionada "no ha sido arbitraria porque contaba con la habilitación suficiente y, además, fue tomada objetiva y razonadamente, a la vista de los resultados obtenidos por los aspirantes en cada uno de los ejercicios, obviamente, sin conocer su identidad, y con el fin de que los aprobaran el mayor número de personas". En la resolución del Ararteko se pone de manifiesto que la adopción de esta medida "ha conducido al resultado previsto en las bases de la convocatoria, es decir, que sólo suerarán la prueba aquéllos que hubieran obtenido una puntuación mínima de 60 puntos en el sumatorio de los cuatro".
En su argumentación, el Defensor del Pueblo afirma que "el criterio adoptado tampoco implica una falta de respeto a la prevalencia de la capacidad técnica de los aspirantes en el acceso al empleo público, objetivo que, como ya hemos indicado, persigue el ordenamiento jurídico con la combinación de los principios de igualdad, mérito y capacidad". "Los criterios de corrección adoptados por el Tribunal Calificador ¿ afirma el Ararteko- aunque distintos para cada uno de los ejercicios, fueron adoptados, como ya hemos adelantado, dentro del marco previsto por las bases de la convocatoria y se aplicaron por igual a todos los participantes. Además, las respuestas acertada en cada uno de los ejercicios han tenido idéntico valor para todos y cada uno de los aspirantes".
Finalmente, el Ararteko concluye con el cierre y el archivo de las quejas "al no considerar que hayan existido irregularidades en la actuación del tribunal".